Alfredo Ramírez
considera que la medida fortalece la libertad de prensa y se ajusta al marco
constitucional y legal dominicano
Dr. Alfredo Ramírez, presidente del Instituto Dominicano de Derecho Electoral, Inc.
Santo Domingo.- El presidente del Instituto Dominicano de Derecho Electoral, Inc.
(IDDE), Alfredo Ramírez, saludó la decisión de la Junta Central
Electoral (JCE) de suspender la aplicación del artículo 13 del Reglamento
que establecía restricciones a la publicación de encuestas electorales fuera
del período expresamente previsto por la legislación vigente.
Ramírez consideró que la decisión del
órgano electoral constituye un paso importante para garantizar el respeto a la libertad
de prensa, el derecho a la información y el fortalecimiento de la democracia,
al tiempo que permite que las disposiciones reglamentarias de la JCE
permanezcan dentro de los límites establecidos por la Constitución y las leyes.
A juicio del presidente del IDDE, la
JCE ha actuado correctamente al revisar la disposición reglamentaria y
suspender su aplicación, toda vez que —se entiende— un reglamento no puede
establecer restricciones que excedan o contradigan lo dispuesto por la ley.
En ese sentido, sostuvo que el órgano
comicial, además de tener bajo su responsabilidad la organización y regulación
de los procesos electorales, ejerce funciones vinculadas con la administración
del Registro Civil, por lo que sus actuaciones deben mantenerse en estricto
apego a la Constitución de la República y al ordenamiento jurídico.
Ramírez manifestó que, en una sociedad
democrática, la publicación de encuestas electorales constituye una
manifestación de la libertad de información y de prensa, por lo que cualquier
limitación debe estar sustentada en una disposición legal expresa.
Explicó que la Ley núm. 20-23,
Orgánica del Régimen Electoral, establece restricciones específicas para la
publicación de encuestas durante el período previo a las elecciones. De acuerdo
con su interpretación, dicha prohibición opera durante los ocho días
anteriores a la celebración de los comicios, además de contemplar
disposiciones particulares respecto de las encuestas a boca de urna o exit
polls durante la jornada electoral.
| Encuestas Electorales RD 2026 |
Por ello, el presidente del IDDE
entiende que fuera de los períodos expresamente restringidos por la
legislación, la publicación de encuestas electorales no puede ser objeto de
una prohibición general mediante una disposición reglamentaria.
“Ninguna nación democrática puede establecer, de manera general, una prohibición a la publicación de encuestas electorales, salvo las restricciones que expresamente establezca la ley en determinados períodos del proceso electoral”, afirmó Ramírez.
El presidente del IDDE sostuvo que la
potestad reglamentaria de la JCE debe ejercerse dentro del marco establecido
por la Constitución y las leyes, especialmente cuando se encuentran
involucrados derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad
de prensa y el derecho de los ciudadanos a recibir información.
En ese contexto, valoró favorablemente
que la JCE haya optado por suspender la aplicación del artículo cuestionado, al
considerar que esta decisión contribuye a preservar la seguridad jurídica y
la coherencia del ordenamiento electoral.
Para Ramírez, la medida también envía
una señal positiva respecto de la importancia de que las normas electorales
sean interpretadas y aplicadas de manera compatible con el marco
constitucional.
El presidente del IDDE reiteró que el
respeto a las reglas electorales constituye una condición indispensable para el
fortalecimiento de la democracia y que, en materia de encuestas, debe existir
un equilibrio entre la facultad reguladora del órgano electoral y la protección
de las libertades públicas.
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