Translate

lunes, 19 de octubre de 2026

Encuesta ACD Media de octubre: PRM 29.7%, FP 21.7% y PLD 17.2% en intención de voto hacia 2028

 

Grafico de intención de voto encuesta ACD Media octubre 2026, PRM 29.7%, FP 21.7% PLD 17.2%
Encuesta ACD Media octubre 2026. Intención de voto

Santo Domingo, R.D. - 18 de octubre de 2026 | Por: Observatorio Electoral del IDDE

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) registra un 29.7% de intención de voto ante unas hipotéticas elecciones presidenciales, seguido por la Fuerza del Pueblo (FP) con un 21.7% y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) con un 17.2%, según la encuesta presentada esta semana por el grupo ACD Media.

El levantamiento, que midió las preferencias políticas de la población dominicana con miras a las elecciones generales de 2028, se realizó del 9 al 11 de octubre con una muestra de 1,200 personas en edad de votar distribuidas en todo el territorio nacional.

Ficha técnica y composición de la muestra

Según la información suministrada por la firma, la medición tiene un margen de error de ±2 puntos porcentuales y un nivel de confianza del 95%. El 51% de los participantes correspondió a hombres y el 49% a mujeres. Por distribución geográfica, el 38.1% reside en la región Sur, el 35.5% en la zona metropolitana, el 16% en la región Norte y el 10.4% en la región Este.

Preferencia partidaria ante un escenario hipotético

Ante la pregunta: “Si hoy fueran las elecciones presidenciales, ¿por cuál partido votaría, independientemente de quién sea el candidato?”, el 29.7% manifestó su preferencia por el PRM, mientras que el 21.7% señaló a la Fuerza del Pueblo.

Asimismo, el 6.4% indicó que votaría por otra organización política, el 11.3% respondió que no sabía o no contestó, y el 23.7% manifestó que no votaría. Estos resultados recogen respuestas ante un escenario hipotético y no constituyen una proyección del resultado de las elecciones presidenciales de 2028.El 59.9% afirma no simpatizar con ningún partido

Al abordar la identificación política, la encuesta planteó una pregunta diferente: si sentían simpatía por alguna organización política.

En respuesta, el 59.9% afirmó que no simpatizaba con ningún partido, mientras que el 19.8% expresó afinidad con el PRM, el 9.5% con el PLD y el 8.6% con la Fuerza del Pueblo. El 1.7% manifestó simpatía por otra organización y el 0.5% no supo o no respondió.

Diferencia entre intención de voto y simpatía partidaria

Los datos divulgados muestran que la preferencia expresada ante unas hipotéticas elecciones presidenciales no coincide necesariamente con la identificación partidaria declarada.

Por ejemplo, mientras el 29.7% votaría por el PRM en ese momento, solo el 19.8% manifestó simpatía por esa organización. En la FP, la intención de voto fue de 21.7% frente a un 8.6% de simpatía. En el PLD, los porcentajes fueron de 17.2% en intención de voto y 9.3% en simpatía.

Estas diferencias deben analizarse teniendo en cuenta la formulación de cada pregunta, la metodología aplicada y las condiciones en que se realizó el estudio. Por sí solas, no permiten establecer cómo se comportará el electorado en el 2028. La encuesta aporta una referencia sobre las preferencias políticas declaradas en octubre de 2026.

Sin embargo, la evolución de esas preferencias dependerá de diversos factores durante el periodo previo a las elecciones, por lo que sus resultados deben interpretarse como una medición correspondiente al momento del levantamiento.

Fuente y nota metodológica: Resultados divulgados por el grupo ACD Media. ACD Media es una firma dominicana de investigación de mercados y opinión pública. Los datos y la ficha técnica citados en esta nota se consignan textualmente conforme a la información suministrada por la firma para su publicación. En el material suministrado no se especificó la entidad que financió el estudio.  



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Actualización 2026: Tribunal Superior Electoral. Competencia real o competencia asistida para el CARD

Logo del Colegio de abogados (CARD) JUSTICIA ELECTORAL | ALFREDO RAMÍREZ PEGUERO Actualización jurisprudencial: octubre de 2026 NOTA DE AC...